17 Ene FISCALIZACIONES LABORALES NO SUPERARÁN LOS 30 DÍAS
Las actuaciones inspectivas de trabajo a un empleador tendrán un plazo de 20 días hábiles prorrogables como máximo a 10 días hábiles. Esta prórroga dependerá de razones objetivas, como el número de trabajadores, tipo de empresa y otras características del sujeto inspeccionado. Así lo establece el...